Wednesday 29 October 2025
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abc - 24 hours ago

La ampliación del Polígono industrial de Toledo avanza pese a las alegaciones de I-DE Redes Eléctricas, Adif y de varios propietarios afectados

La ampliación del Polígono industrial de Toledo da un nuevo paso hacia su materialización. La Comisión de Planeamiento Urbano debate hoy el informe jurídico de los técnicos municipales que propone aprobar de forma definitiva las bases del Programa de Actuación Urbanizadora (PAU) de la ampliación del polígono industrial promovida por la empresa Loncito Desarrollo. El documento, firmado por los técnicos municipales de planeamiento, desestima todas las alegaciones presentadas durante la información pública y da vía libre al siguiente paso del procedimiento: la presentación de alternativas técnicas para la ejecución del desarrollo. El nuevo ámbito, que se apoya en la Modificación Puntual 31 del Plan General Municipal de Ordenación Urbana, amplía el actual polígono industrial hacia el sureste , sobre terrenos próximos al arroyo Ramabujas y la línea de alta velocidad. El informe recuerda que el PAU se presentó el 16 de junio de 2025 y durante su tramitación se introdujeron ajustes jurídicos y técnicos, entre ellos tres modificaciones destacadas . Entre ellas, la eliminación de la obligación de someter el Plan Parcial al procedimiento ambiental, ya que la modificación puntual ya fue evaluada ambientalmente. También se revisaron los criterios de adjudicación , reduciendo el peso de la mera disponibilidad de suelo -de 30 a 25 puntos- y premiando con 5 puntos adicionales la presentación de un proyecto de urbanización junto con la alternativa técnica. Por último, se amplió la valoración de aspectos como la integración paisajística y la sostenibilidad del nuevo desarrollo. Durante el periodo de información pública, abierto entre el 16 de julio y el 28 de agosto, se presentaron cinco alegaciones procedentes del Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF), Iberdrola, un particular y las empresas Lara Pastrana y Trotadis y Astarco. Ninguna de ellas ha prosperado. El Administrador de Infraestructuras Ferroviarias advierte, por ejemplo, que el nuevo ámbito colinda con la línea de alta velocidad Madrid-Toledo y pide que se respeten las zonas de dominio público, protección y edificación, además de que cualquier obra requiera autorización previa y vinculante del gestor ferroviario. Solicita, asimismo, que los terrenos ocupados por la infraestructura se califiquen como Sistema General Ferroviario y que el promotor asuma las medidas contra el impacto acústico. El Ayuntamiento responde que estas cuestiones no afectan a la validez de las bases , que solo establecen el marco general. Las condicionantes de ADIF deberán integrarse en fases posteriores, al redactarse la alternativa técnica y el proyecto de urbanización. Por su parte, I-DE Redes Eléctricas Inteligentes (Grupo Iberdrola) plantea que la urbanización podría afectar a infraestructuras eléctricas existentes y pide que los costes de desvío o soterramiento corran íntegramente a cargo del promotor . Los técnicos municipales aclaran que esa obligación ya deriva de la legislación del sector eléctrico y que las soluciones técnicas concretas se definirán en el proyecto de urbanización, cuando la empresa eléctrica podrá emitir su informe preceptivo. Otro de los alegantes cuestiona la validez de la Modificación Puntual 31 , a la que atribuye «vicios de nulidad», y criticando aspectos como la falta de informes sectoriales, la posible indefinición de parámetros urbanísticos o la ausencia de reservas para sistemas generales. El informe jurídico es rotundo: recuerda que la modificación fue aprobada válidamente por la Junta y que mientras no exista una sentencia firme de anulación, el planeamiento es plenamente ejecutivo . Además, añade que las bases del PAU son un instrumento de gestión y ejecución, no de planeamiento, y no pueden revisarlo ni cuestionarlo. El Ayuntamiento rechaza igualmente otras críticas del alegante sobre «prerrogativas excesivas» del Consistorio o la falta de determinaciones sobre alturas, recordando que esas cuestiones se abordarán en la alternativa técnica y el proyecto de urbanización, no en esta fase. Las empresas Lara Pastrana y Trotadis alegan que su parcela -la número 6 del polígono 88- se destina casi en su totalidad a zona verde, lo que consideran una carga desproporcionada . Los técnicos municipales explican que la calificación del suelo procede de la Modificación Puntual y no de las bases, y que la equidistribución de beneficios y cargas se garantiza mediante la reparcelación , de forma que todos los propietarios reciben el mismo aprovechamiento, con independencia de la ubicación física de las cesiones. Por último, Astarco pedía la exclusión de sus terrenos del ámbito de actuación o, al menos, que las obras se ejecuten por fases para reducir afecciones a su actividad agrícola y cinegética. También reclamó medidas de protección frente a inundaciones del arroyo Ramabujas y frente a posibles afecciones en pozos y captaciones de agua. El informe recuerda que la delimitación del ámbito no puede modificarse en esta fase , al estar definida por la Modificación Puntual 31, y que las medidas técnicas y ambientales se evaluarán en la alternativa técnica, donde la empresa podrá volver a formular sus observaciones. Tras la aprobación definitiva de las bases, se abre un plazo de 20 días para que las empresas interesadas presenten sus alternativas técnicas .


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