Me permitirán que mis primeras palabras sean para agradecer a Su Majestad el Rey, en mi nombre y en el de mi familia, la presidencia de esta Junta. Un gesto de Vuestra Majestad que se suma a otros muchos reconocimientos con los que me ha distinguido a lo largo de mi vida. Solamente puedo decir, Señor, que ha sido un gran privilegio y el mayor honor que cabe acompañarle en su camino a lo largo de casi 30 años. Sus cualidades personales, de las que he sido testigo y que bien c su impecable trayectoria como Príncipe de Asturias y el ejemplar ejercicio de sus funciones constitucionales como Rey de España, reconocido por la inmensa mayoría de los ciudadanos, ha convertido a Vuestra Majestad en una referencia institucional y moral para todos los españoles. En la clave de bóveda sobre la que descansa hoy la permanencia de nuestra Nación y del Estado Social y Democrático de Derecho en el que España se constituye, de acuerdo con nuestra Constitución. Por todo ello, muchas gracias. Comienzo mis palabras embargado por sentimientos que seguramente vienen a la memoria ahora de muchas Señoras y Señores Académicos con motivo de sus respectivos discursos de ingreso. Gratitud por mi elección como Académico ante la que solo me cabe corresponder con dedicación y excelencia a esta Institución. Una gratitud, en particular, al presidente de esta Real Academia por su iniciativa, a Don Miguel Herrero, a Don Santiago Muñoz Machado y a Doña María Emilia Casas por presentar y defender mi candidatura, así como a Don Emilio Lamo de Espinosa por dar contestación a mi discurso y por su valioso consejo durante el ejercicio de mis responsabilidades. Junto a la gratitud, me acompaña también un sentimiento de orgullo. Que no es, en mi caso, como dice, entre sus acepciones, el diccionario de la Real Academia de la Lengua ni arrogancia, ni vanidad, ni exceso de valoración personal, sino de estima propia por la confianza con la que he sido honrado. Y finalmente, una gran emoción, que convive con una natural inquietud, derivada tan solo de la simple lectura de la relación de Académicos desde la fundación de esta Institución, que impresiona y abruma. Es tradición de esta Real Academia, en esta salutación inicial, hacer un reconocimiento al Académico que le ha precedido en la medalla, en mi caso, la número 21: Don Fernando Suárez González. Tuve la fortuna de conocerle pocos meses antes de su fallecimiento y la larga conversación que mantuvimos me permitió comprobar su gran altura intelectual. Su brillante trayectoria académica, profesional y política fue ensalzada, con gran afecto y rigor en esta Academia el 4 de junio de 2024. Por mi parte, solo me cabe señalar que, sobre todo, es conocido por contribuir decididamente a la Transición como ponente del proyecto de ley para la Reforma Política. En el debate de las enmiendas a la totalidad de ese proyecto, intervino Don Fernando Suárez en los siguientes términos: «Salvo que se acepte, claro es, que los Principios del Movimiento son permanentes e inalterables, no tanto porque una Ley Fundamental lo haya declarado así, sino por su propia naturaleza. Pues bien, me atrevo a asegurar que no hay metafísico en el mundo decidido a sostener que una ley humana pueda ser inalterable por su propia naturaleza. Las leyes sirven para regular la convivencia entre los hombres. Y es justamente la propia naturaleza del hombre la que exige inexcusablemente la libertad y, consiguientemente, el no sometimiento a leyes positivas inmutables. Porque el hombre, además de naturaleza, es historia. Como ha escrito con su acostumbrada lucidez el Profesor González Álvarez, solo el hombre es sujeto de historia» . He seleccionado esta intervención, entre otras posibles, porque considero que es el mejor homenaje que hoy puedo hacer a su memoria. Don Fernando Suárez ilumina y fija la esencia del debate político en aquel entonces, al contraponer la inmutabilidad del régimen político del General Franco al don más preciado del ser humano: la libertad. Y la libertad, para el bien de todos, triunfó. Y ese triunfo abrió el camino a la convivencia democrática, a la reconciliación y al progreso de España. Don Fernando Suárez representa, así, junto a otros significados españoles de aquellos tiempos, a una generación con la que las siguientes generaciones como la mía -ya de ciudadanos libres-, tenemos contraída una inmensa deuda de gratitud. Es tradición también explicar las razones de la elección del objeto del discurso. Don Sabino Fernández Campo, presidente que fue de esta Real Academia, así como Jefe de la Casa de Su Majestad el Rey, señalaba en su discurso de ingreso que los años de servicio en la Casa aconsejaban abordar en el mismo el papel de la institución monárquica. Sin embargo, consideraba que quizá se presentase otro momento más adecuado para tratar ese asunto por estar demasiado cercano lo que él llamaba, con socarronería asturiana, el «periodo de desprendimiento cerca de Su Majestad el Rey», lo que le restaba perspectiva y aconsejaba reserva. Tengo que reconocer que comparto, aunque no íntegramente, la reflexión del Conde de Latores. Para quienes somos o, al menos, nos atribuimos la condición de juristas, la experiencia acumulada tantos años al servicio de la Corona nos permite contribuir a su mejor entendimiento y explicación así como a reivindicar, con fundamento, la vigencia de la Monarquía Parlamentaria como forma política del Estado. Pero la cautela, la prudencia y la reserva se imponen en este momento. Y a eso ayuda la experiencia de quienes hemos vivido muchos años en la vida pública, ademas del consejo de dos buenos amigos. Ello me lleva a abordar una materia ajena a la polémica, pero que constituye el núcleo de la institución monárquica. La figura, en nuestro caso, de la Heredera de la Corona. Y abordar cuestiones relativas a su educación ; a lo que constituye el llamado oficio de al contenido esencial de sus responsabilidades como He y concluir con unas breves consideraciones sobre la Constitución y la Princesa de Asturias. Con el deseo, con la esperanza, en última instancia, de que estas reflexiones puedan ser de utilidad a doña Leonor. La educación del Heredero en cualquier Monarquía Parlamentaria es una de las llamadas cuestiones de Estado. Procuraré que mi aproximación al objeto de mi discurso vaya acompañada del rigor que su relevancia exige así como de la experiencia y la realidad práctica que he vivido a lo largo de los años. Y ello sobre la base de que mis palabras hoy en esta Junta únicamente a mi me son imputables. Cada país que adopta la Monarquía Parlamentaria como forma de Estado tiene su propia visión con respecto de lo que debe ser la educación del futuro titular de la Corona. Es lo que España se refiere, no hay una continuidad en esta materia por la evolución política de nuestro país. Por ello, una mirada hacia nuestra historia nos permite comprobar como la formación religiosa, la formación militar, la educación constitucional y la idea de España han sido las constantes, las claves en el proceso educativo del He Me circunscribiré a Don Alfonso XIII, pese a su condición de Rey desde su nacimiento, a Don Juan Carlos, a Don Felipe y a Doña Leonor. Y señalaré las principales diferencias, comenzando por el sistema de enseñanza. Don Alfonso y Don Juan Carlos, siguiendo la tradición, reciben una educación separada de los demás jóvenes españoles y creada ex profeso para ellos, impartida en Palacio o con grupo reducido y exclusivo de jóvenes y bajo la determinante personalidad de su madre, la Reina Regente o del General Franco, respectivamente. Don Felipe -y luego Doña Leonor- se incorporan al sistema educativo nacional en un colegio como un estudiante más del bachillerato y se forman, ademas, en otros centros educativos en el extranjero. Se abandona, por tanto, el aislamiento y la separación que habían caracterizado a sus predecesores, transformándose el modelo educativo. Si el modelo educativo forja y tiene una influencia decisiva sobre la personalidad y el carácter e incluso las amistades o el entorno social de los Herederos,-tan importantes a lo largo de sus vidas-, los cuatro ejes de la educación a los que me referiré a continuación fundamentan las convicciones y el pensamiento de quienes están llamados a ser los titulares de la Corona. Y esas ideas, asumidas durante su juventud, han sido determinantes, en muchas ocasiones, del destino de la Corona y del devenir de España. La doctrina cristiana estaba firmemente afianzada tanto en Don Alfonso como en Don Juan Carlos y era coherente con la Constitución de 1876 que afirmaba que «la religión católica, apostólica y romana es la del Estado» y con la Ley de Sucesión, que señalaba que «para ejercer la jefatura del Estado como rey o regente, se requerirá profesar la religión católica». El colegio en el que Don Felipe y Doña Leonor han estudiado es un colegio laico y no tiene esa profunda dimensión religiosa que había caracterizado, por voluntad familiar e imperativo constitucional, la formación de su padre y de su bisabuelo. «Ninguna confesión tendrá carácter estatal», dice la Constitución. En segundo lugar, la formación militar. Podemos afirmar que Don Alfonso XIII era un rey soldado y su vez, Don Juan Carlos es, en sí mismo, un militar, formado por militares. Ambos dieron virtualidad a los deseos- y a la visión política- de Cánovas del Castillo -ya para con Don Alfonso XII- de que el Rey fuese siempre el primer general del ejército y pudiera, de esa manera arbitrar la intervención de la milicia en la vida nacional. Don Felipe -y Doña Leonor sigue su camino- continúa la tradición, pero con dos diferencias sustanciales. Su formación militar se complementa con una amplia formación civil universitaria y de carácter internacional. Y por otra parte, el Mando Supremo de las Fuerzas Armadas tiene un carácter simbólico, aunque la autoridad moral del Rey sobre la Institución militar es un hecho evidente. Y me gustaría destacar, llegados a este punto, la lealtad, la competencia y la dedicación de los guardias civiles y los militares-junto a profesionales civiles- que han acompañado a Don Felipe a lo largo de toda su vida personal e institucional. En tercer lugar, la educación constitucional. Don Alfonso XIII es un Rey constitucional pero no parlamentario pues la soberanía en la Constitución de 1876 es compartida por el Rey y las Cortes. Don Juan Carlos se forma en los Principios del Movimiento Nacional pero es luego, en su mayor éxito político, el impulsor de la Transición hacia una democracia parlamentaria. La formación de Don Felipe es la propia de un Rey parlamentario. Y así lo será la de Doña Leonor. A pesar de haber transcurrido sólo 11 años de su reinado,- difíciles, duros y complejos- me gustaría destacar que Don Felipe ha dejado ya una profunda huella en cuestiones esenciales de nuestra vida nacional que suponen, en mi opinión, enseñanzas en el orden constitucional y familiar de un enorme valor para Doña Leonor. Para su formación y para su futuro. Así, recuperar la confianza de los españoles en la Monarquía Parlamentaria tras el proceso de abdicación de una figura singular en nuestra historia como es Don Juan Carlos. En segundo lugar, transmitir con hechos y decisiones, desde la ejemplaridad personal y profesional de la Jefatura de Estado monárquica, un mensaje de regeneración moral a nuestra sociedad, basado en la honestidad, la transparencia y la integridad. En tercer lugar, hacer tránsito, con reformas profundas, hacia una Monarquía Parlamentaria renovada y moderna, alejada de concepciones tradicionalistas o personalistas, recuperando la dignidad y la autoridad de la institución. En cuarto lugar, la defensa de la Constitución y en concreto del Estado de Derecho, desde la independencia y la neutralidad política de la Corona, como fundamento de la convivencia entre los españoles. Y finalmente, la preservación de la unidad de la Nación, de España, frente al intento de secesión territorial de las autoridades autonómicas catalanas en el año 2017. Finalmente, el concepto de España. Para el llamado Rey patriota, como para Don Juan Carlos existían naciones o patrias, comunidades naturales con vida propia que persistían durante siglos y generaciones al margen de la voluntad de los individuos. La Ley Orgánica del Estado decía que el Estado español, -no España- constituido en Reino, es la suprema institución de la comunidad nacional, es decir, de España. Frente a esta concepción, el artículo primero de la Constitución, dice que «España -no el Estado, sino España-, es la que se constituye como un Estado social y Democrático de Derecho. España puede preexistir a la Constitución, pero es la Constitución, refrendada por el pueblo español, del que emanan todos los poderes del Estado, su acto refundacional en 1978. Los antecedentes históricos que sumariamente acabo de relatar permiten comprobar la evolución de cuestiones básicas para la convivencia entre los españoles, muy controvertidas en nuestra historia y ponen de relieve el profundo cambio de rumbo político de España y en paralelo, de la formación del Heredero, a partir de Don Felipe. Con él, la educación de la Príncesa de Asturias entra en la senda de la normalidad, si bien es muy aconsejable para Doña Leonor un conocimiento profundo de lo que ha sido ese periodo de nuestra historia. Sentado lo anterior, la cuestión- ni irrelevante ni menor-que seguidamente debe plantearse es a quien corresponde, en estos momentos, determinar y dar contenido a la educación de la Heredera y con arreglo a qué criterios. La Constitución guarda silencio sobre esta cuestión y en ausencia de normas al respecto, las decisiones relativas a la educación, sus principios y criterios corresponden a sus padres, es decir, a los Reyes, aun cuando en última instancia, la responsabilidad la ostenta quien sea el titular de la Corona no solo por el hecho de serlo, sino como Jefe de la Familia Real. Y en los tiempos actuales, las decisiones también lógicamente deben contar con la voluntad de la Princesa, al menos, a partir de una determinada edad. Cuestión poco debatida, es si esas decisiones sobre la educación deben o no contar el refrendo del Gobierno. Pues bien, cuando se trata de la formación militar del heredero, la Ley 39/2007, de 19 de Noviembre, determina claramente que es el Gobierno quien ostenta la competencia para decidir, modular y dar contenido a esa formación. Sin embargo, no es lógico pensar que el Gobierno ejerza sus prerrogativas sin contar con el Rey. Antes al contrario.Yo diría, mas bien, que todo lo contrario. Pero con la excepción del tema militar, no considero que las decisiones que estoy comentando requieran ese refrendo. Cuando se trata de decisiones familiares o personales que se quieren someter a un determinado procedimiento, así se hace expresamente, como acontece con el nombramiento del tutor del Rey menor o con el matrimonio del Heredero. Y tampoco se debe olvidar que las decisiones de la Heredera así como la participación de su madre en el proceso de decisión, no están sujetas a refrendo, como acontece con los actos del Rey. Cuestión distinta, sin embargo, es que el Presidente del gobierno o los sucesivos Presidentes estén informados y puedan expresar su opinión al Rey y que, además, deba informarse al resto de las fuerzas políticas más representativas. Por lo demás, cabe concluir que el modelo educativo seguido en su día por Don Felipe es el que la Princesa continúa lo que, sin duda, es enormemente positivo y acertado. Y debe señalarse que todavía estamos en una fase inicial de su formación. Resta por conocer en un futuro la carrera o el grado que cursará y la universidad en la que lo llevará a efecto, así como si con posterioridad concluirá sus estudios con un máster de posgrado. Ahora bien, dicho lo anterior, es suficiente que la Heredera siga el modelo educativo que acabo de describir para ejercer debidamente las funciones constitucionales que tiene asignadas el titular de la Corona? La respuesta para mí es negativa. Se dice con frecuencia que el Rey reina pero no gobierna. Siempre se ha hablado del oficio de Rey, del oficio de reinar. Es muy necesario que la Heredera tenga una formación académica del más alto que adquiera conocimientos y compet que aprenda a razonar, a debatir y a dialogar, a convivir con los demás; a tener juicio crí como es muy conveniente que se aproxime a la ciencia y al conocimiento, a la cultura y a las artes. Pero el oficio de reinar no se enseña en el bachillerato ni se aprende en la universidad. Por ello creo que, junto con la formación académica civil y militar, la Princesa debe recibir una formación especial que le permita prepararse para el ejercicio de ese oficio. Una formación que comprende un conjunto de conocimientos especiales que debe adquirir, unidos a unos principios básicos que conforman el oficio de reinar. Cual ha de ser el contenido de esa formación especial.? Me centraré en los siguientes puntos: En primer lugar, una heredera debe tener conciencia, desde la infancia, desde muy joven, de lo que es y de lo que esta llamada a de lo que representa y de las responsabilidades que tiene y que tendrá en el futuro. Una toma de conciencia que se asume e interioriza progresivamente en el tiempo y que constituye una tarea delicada y difícil para sus padres. Y que debe ir seguida de su aceptación y conformidad. La princesa debe creer en lo que es y representa. Debe sentirse convencida e ilusionada con sus responsabil y esa aceptación interior que va a ser, junto a sus firmes convicciones y el apoyo de su familia, su mayor fortaleza en tiempos de dificultades, es decisivo que llegue a los ciudadanos y que estos puedan comprobar su plena identificación y satisfacción con su vida. Como consecuencia de ese proceso de elaboración de su propia identidad, tiene que entender que España es su destino personal e institucional. Y, por tanto, asumir su vocación de servicio a los españoles no como el desempeño de una alta funcionaria del Estado sino como algo más que lo trasciende, como mucho más: como su proyecto de vida. Y comprometerse en toda su integridad y sin reservas con ese futuro. Debe, asimismo, comprender - y no es fácil- que su vida personal es diferente a la de los demás españoles. Que junto a los derechos de los que es titular, tiene también deberes que conllevan una limitación, a veces profunda, de sus libertades. También debe interiorizar que, en su vida, la línea divisoria entre lo público y lo privado es muy tenue y solo cabe un margen reducido de privacidad, totalmente necesaria e imprescindible, por otra parte, para que pueda preservar su propio desenvolvimiento personal y familiar. Y por ultimo, debe saber cuidar bien el entorno social en el que se desenvuelve y las amistades de las que se rodea, que solo son verdaderas y sinceras cuando se guían por el afecto, la discreción, la generosidad y la lealtad. Nunca por el interés. La familia, la dinastía, es otra cuestión esencial en su formación. Debe entender, asimismo, que la Corona es una institución que no es un patrimonio propio del Rey o de la Reina o de la Familia Real, sino que forma parte de la historia de España y pertenece a todos los españoles. Un patrimonio colectivo de la Nación que debe estar siempre al servicio de los intereses de España. Y por ello, la Corona prevalece sobre las personas que son miembros de la Familia Real y los deberes constitucionales sobre sus intereses o deseos. Debe también formarse en valores. En valores cívicos, los propios de la convivencia de los ciudadanos en com en valores humanísticos pues la Reina es persona al tiempo que titular de la C en valores morales, que conduzcan hacia la rectitud y la inte y en los valores constitucionales, asumidos el día de su juramento a la Constitución. La educación castrense que sigue actualmente la princesa, se dice, «fomentará de manera expresa….. principios como la responsabilidad, la ejemplaridad o la austeridad.» La ejemplaridad, en efecto. La Princesa sabe que la Constitución tiene que ser su guía. Pero la ejemplaridad es ya imprescindible en los tiempos actuales para el desempeño de cualquier servicio pú implica rendir cuentas de sus actos , ser transparente en sus con tener siempre la capacidad para poder explicar y justificar las decisiones. Actuar con coherencia. Actuar siempre con verdad. El profesor Lamo de Espinosa, con quien he mantenido una estrecha relación personal y una amplia colaboración institucional en nuestras respectivas responsabilidades,-y a cuyo ingreso en esta Academia asistí el 26 de Octubre de 2010 acompañando a S.A.R. el Príncipe de Asturias, señalaba en su discurso en este mismo Salón, que la lectura de la Etica a Nicomaco de Aristóteles, la de «Constantia Sapientis» de Séneca o el sermón de la montaña de Jesús de Nazaret tienen hoy tanto valor como cuando fueron publicados.Y la conclusión era que si hubiéramos progresado en sabiduría como lo hemos hecho en ciencia, esos viejísimos textos morales carecerían de valor actual. Y dónde encontrar la sabiduría? Pues no en la ciencia antigua o moderna, sino en el Eclesiastés, en Platón, Homero, Cervantes, Shakespeare……. En las humanidades, en definitiva. Debe contar, asimismo, con la adecuada formación constitucional. Como también es muy necesario conocer en profundidad la historia de nuestro país. Por ultimo, debe asimismo conocer y usar las lenguas del Estado tanto por ser un medio de comunicación entre ciudadanos, como en otros casos por ser señas de identidad de nuestros pueblos. En España, cerca de 15 millones de españoles utilizan indistintamente, el castellano y la lengua propia de cada Comunidad Autónoma. Y junto a esos conocimientos, el marco conceptual, los principios que deben inspirar el ejercicio de reinar. En una Monarquía Parlamentaria, la Corona simboliza la nación y personifica al Estado. Su unidad y continuidad en la historia. Especialmente debe asumir que la neutralidad política de la Corona y su independencia frente a los Poderes del Estado son los pilares sobre los que se asienta la Jefatura del Estado monárquica. Su función esencial es de carácter representativo, sin que quepa constitucionalmente su intervención en la vida política. Y ello conlleva, además, un deber de abstención que se extiende a expresar creencias personales, convicciones u opiniones sobre las cuestiones de esa naturaleza, que es una característica esencial de las Monarquías Parlamentarias. Esa neutralidad política es la que habilita, a su vez, la función integradora de la C Una función esencial e un país como España en el que la división tanto ha marcado nuestra historia. La neutralidad es el presupuesto de que la Jefatura del Estado pueda impulsar la union en unos valores y principios compartidos entre todos los españoles-cualquiera que sea su ideología política- que tiene hoy y siempre un valor para la convivencia extraordinario. Y esa característica esencial es, además, la que le atribuye una superioridad funcional frente a la Republica en la vida social y en el funcionamiento del Estado. Preservar, mantener un ámbito de actuación, de competencias y responsabilidades constitucionales, reservado a y regido por una institución imparcial guiada por los intereses generales y alejada de los intereses partidistas, que represente, cohesione y una a toda la Nación y respete la Constitución y las leyes, es la mejor garantía para el más adecuado y ordenado funcionamiento del Estado. Consecuencia de todo lo anterior, es que el Rey o la Reina debe estar siempre en su lugar, que es en el que le sitúa la Constitución y en el estricto cumplimiento de las obligaciones constitucionales que tiene atribuidas. A este respecto, por tanto, debe tener buen cuidado de no dejarse influir por tendencias o movimientos que llamen a la Corona a condicionar o intervenir en la vida política del país. No es esa su función ni lo que constitucionalmente puede. Frente a ello, debe reafirmar, ante los ciudadanos, cuantas veces sea necesario, la posición constitucional de la Corona, el espíritu y los principios en los que se fundamenta la Constitución y proclamar los valores constitucionales. El punto, sin duda alguna, de equilibrio en este aspecto es el ejercicio del llamado poder moderador, que no es la finalidad de este discurso, pero que es de una enorme relevancia. A lo largo de la vigencia de la Constitución- y creo que debe recordarse- la Corona ha tenido intervenciones decisivas cuando se han puesto en cuestión la democracia o la unidad de España. Conviene tener en la memoria, a esos efectos, las palabras de Don Miguel Herrero -recientemente nombrado por Su Majestad como Caballero de la insigne Orden del Toison de Oro- en las que, en su condición de ponente constitucional, describió la función moderadora como: «consistente en aquella triple función de aconsejar, ser informada y advertir, merced a la cual la Jefatura del Estado ejerce una altísima magistratura moral.» El oficio de reinar exige, asimismo, atender y cuidar, con autoridad y prudencia, la relación y debida coordinación con los Poderes del Estado, y especialmente con cada Gobierno de la Nación; unas relaciones que deben estar presididas por el respeto recíproco, la lealtad y la colaboración institucional. En ningún caso, en una Monarquía Parlamentaria debe tener cabida ni tiene sentido el enfrentamiento entre instituciones o las discrepancias publicas. Por otra parte, todos cuantos hemos vivido en la vida pública sabemos que es esencial el tiempo, los tiempos. Que los tiempos son un necesario y formidable instrumento de la política. El transcurso del tiempo da y quita razones, según dice la sabiduría popular. Y yo diría algo más: influye, condiciona y puede alterar las decisiones. Tener sentido de los tiempos, saberlos medir debidamente y controlarlos es fundamental en la vida pública. Y requiere iniciativa, intuición, instinto político. En el desarrollo de las actividades de la Corona no debe haber reacciones inmediatas o instintivas, guiadas por precipitaciones o impulsos. No se deben aceptar ni mucho menos ceder ante las presiones. No dejarse marcar los tiempos por terceros es muy necesario, imprescindible. Se requiere serenidad, sosiego y reflexión que es lo que, a mí juicio, esperan los ciudadanos del Jefe del Estado. Y actuar, cuando proceda, con prudencia y moderación. Don Benigno Pendas, nuestro querido Presidente, en su discurso de ingreso en esta Real Academia, al referirse a la grandeza y servidumbre de la moderación señalaba: «Conviene decir alto y claro que la moderación es una forma de ser y de estar en el espacio público…… Es fácil ser extremista, decía Aristóteles. En cambio, es trabajoso ser moderado, ponderar las razones, pesar los argumentos, hallar el punto de equilibrio.» El tiempo para la Corona se mide en reinados, esto es, en magistraturas vitalicias. Ello conlleva que las decisiones deben ser sostenibles a lo largo de los años en aras a la coherencia y al mantenimiento de la Autoridad. La finalidad, en última instancia, de un Rey es, sobre todo, servir a España, pero también es legar la institución a su sucesor. Por ello, la mirada debe ser siempre larga en el tiempo. Quería resaltar también que, en los tiempos en los que vivimos, las circunstancias personales de la Heredera tienen un peso específico de gran relevancia. En una sociedad de la información como la actual, sus cualidades o rasgos personales pueden pesar en ocasiones más en la opinión pública que las características que definen a un régimen de Monarquía Parlamentaria. Una sociedad en la que, además, los gestos y las imágenes tienen una extraordinaria fuerza y a veces sobrepasan con creces a las palabras, a los discursos, incluso a las obras. Y de ahí, por tanto que la institución y la persona llamada a ser su titular deben caminar de la mano. Y ello me lleva a la relación que debe mantener, en su vida personal e institucional, con los Medios de Comunicación que, hoy por hoy, siguen teniendo un enorme peso e influencia en la formación de la opinión pública. No es fácil ni cómoda para nadie en la vida pública la relación con los Medios. Asumir, comprender y aceptar la función esencial que estos desempeñan en una democracia supone avanzar y mucho en la consolidación de unas relaciones que, en mi opinión, deben ser de sintonía y sobre todo de complicidad. En los tiempos que vienen, es muy difícil mantener una disociación entre la autenticidad de una persona y su proyección publica a los ciudadanos. Ello es lo decisivo ademas, sobre todo, de iniciativa. La imagen publica no se construye o se mantiene solo con desmentidos o contraprogramaciones, sino con la afirmación, cuantas veces sea necesaria, de tu propia personalidad. Y ello requiere visión, temple, paciencia y mucho trabajo. Es claro también que la Heredera debe encontrar el equilibrio necesario entre tradición y modernidad que, en ningún caso, están enfrentadas. Por una parte, las funciones constitucionales de la Corona tienen estabilidad y permanencia. Por otra, la Jefatura de Estado monárquica es historia, es tradición, son sí es continuidad y es permanencia. Es liturgia, también misterio, es majestad. La Corona requiere nobleza, señorío, dignidad. Debe estar alejada de la frivolidad o la superficialidad. Exige atender, saber escuchar y comprender. A todos. La autoridad y el prestigio de la Institución no emana de una pretendida o buscada igualdad con los demás ciudadanos, sino de la rectitud, el ejemplo, la dedicación y el sacr del sentido del deber y de la responsabilidad. La Monarquía son también sentimientos de millones de personas y especialmente, en el ejercicio de sus funciones representativas, debe velar por el orgullo de la Nación. Junto a todo ello tiene que ser una persona de su tiempo, que asuma los valores de la sociedad en la que vive y se desenvuelve, tal y como es, que evolucione con ella y especialmente con los jóvenes de su generación a quienes habrá de explicar los fundamentos y convencer de la utilidad de la Institución. Y a ello puede ayudar y mucho el hecho de que la Heredera sea una mujer y por tanto, futura Reina de España en el siglo XXI. La cuarta Reina de España desde Isabel la Católica, después de la Reina Juana y de Isabel II. Si Doña Leonor sintoniza con el sentir y las aspiraciones de esos jovenes y muy en particular de las mujeres españolas, independientemente de sus convicciones ideológicas, habrá dado pasos muy importantes en su consolidación personal e institucional. Especialmente si es capaz de liderar los deseos igualdad de las jovenes de su generación. De la igualdad real, de la que Doña Maria Emilia Casas se lamentaba en su discurso de ingreso en esta Real Academia al afirmar que la igualdad real se alejaba en el tiempo. Y, concluía su razonamiento nuestra primera presidenta del Tribunal Constitucional - fiel a su tierra gallega, que es también la mía-, con una pregunta. ¿Será el siglo XXI el siglo de la igualdad formal de las mujeres sin poder alcanzar la igualdad real.? Nadie puede asegurar la evolución de la sociedad ante los profundos cambios tecnológicos que estamos viviendo y los que están por venir. Pero todos tenemos, mas que nunca, la certeza de que el futuro-que será diferente del presente- está por escribir. En todo caso y precisamente por ello, el espíritu de renovación y adaptación tiene que acompañarla. No puede desconocer ni ignorar el pasado, pero no estar condicionada por él. Y debe mirar hacia el futuro, siempre hacia delante. No solo debe ejercer un liderazgo institucional sino también aspirar a un liderazgo social. Y creo, finalmente, para terminar, que la Heredera, en ningún momento, debe olvidar que, en los términos de nuestra Constitución, la Monarquía requiere de una doble confianza: Por una parte, la de los partidos políticos, que a través de sus legítimos representantes en las Cortes Generales tienen la iniciativa de reforma constitucional. Por otra, necesita de la confianza y la aceptación de los ciudadanos, del pueblo español, al que le corresponde, con carácter exclusivo, el derecho a decidir sobre todos los aspectos de la vida nacional. Si la segunda confianza requiere, en las palabras de S.M el Rey en su discurso de Proclamación, la cercanía con los ciudadanos y saber ganarse continuamente su aprecio y respeto, no debe la Heredera olvidar ni descuidar, en ningún momento, la primera. En todo caso, tareas ambas complejas y difíciles, en unos tiempos en los que la Corona está sujeta, casi diariamente, al escrutinio y al juicio crítico de todos. Y ello exige al titular de la Corona y a la Heredera grandes dosis de autocontrol, profesionalidad, entereza, racionalidad -y no precisamente emocional- y una gran disciplina. He procurado resumir, sin ningún ánimo de exhaustividad, lo que, en mi opinión, constituyen algunos aspectos esenciales y necesarios de la formación de Doña Leonor y el ejercicio del oficio de reinar. Es claro que inevitablemente la gran responsabilidad en esa formación , aunque no la única en el ámbito familiar, la ostenta el titular de la Corona, cuya dedicación, y atención a la Heredera es imprescindible. No solo por serlo, sino porque conoce el oficio de reinar y los principios necesarios para su adecuado desenvolvimiento.Y también naturalmente por su condición de padre. Junto a él, sin duda, la Reina contribuye de forma relevante en determinados aspectos de su formación. Por último, no debemos olvidar a los maestros y profesores de la Heredera que tienen la gran responsabilidad de orientar, enfocar y aconsejar en ese proceso de formación. La educación de la Heredera termina oficialmente cuando concluye sus estudios de posgrado y es ya tradicional que comience a partir de ese momento a desempeñar, en plenitud, sus responsabilidades. Ahora bien, cuáles? La Constitución no le atribuye el ejercicio de ninguna función constitucional, con excepción de la Regencia y las propias del Rey no son susceptibles de delegación. Lo anterior implica que debe definir sus actividades teniendo presente ese silencio deliberado en nuestro ordenamiento. En ese camino, doña Leonor cuenta con la experiencia de su padre, que fue Príncipe Heredero a largo de 46 años. Don Felipe, sin precedentes históricos útiles a los que dar continuidad, trazó un camino que tuvo que idear y construir «ex novo» y dotó a los Principados de Asturias, de Viana y de Girona de una personalidad propia. No fue un Príncipe a la espera, sino que dio a sus actividades un contenido con arreglo a su carácter y a su visión de la realidad. Y durante ese periodo hasta su acceso a la Jefatura del Estado hubo adquisición de experiencia, de aprendizaje, de maduración, -también de supervivencia política en un país tan complejo-, de sintonía con su generación y compromiso con los españoles. Y también creo oportuno resaltar la impecable lealtad con su padre, singularmente en la fase final del reinado de Don Juan Carlos. En definitiva, fue una época que ha abierto a la Princesa un camino de gran valor a la hora de definir su futuro. Un tiempo que contó además con bases jurídicas sólidas para llevar a cabo sus actividades. En efecto, cuando el Principe finalizó su formación académica hubo que definir de acuerdo con la Constitución, unos criterios reguladores de sus actividades que se construyeron huyendo en todo caso de la elaboración de un Estatuto que la Constitución, con toda lógica, no contempla ni la experiencia aconseja. De esa manera, se optó por elaborar un marco normativo sobre la base de convenciones, usos o costumbres constitucionales, respetando las competencias del Rey, buscando cuando fuese preciso títulos jurídicos habilitantes para el ejercicio de las funciones representativas- encomendadas bien por el Rey o por el Gobierno- y cuidando las cuestiones referentes a su responsabilidad política y jurídica. Ese marco regulador ha sido la base constitucional en la que nuestro Rey desenvolvió impecablemente sus responsabilidades como Heredero a largo de 19 años desde la finalización de sus estudios académicos y a pesar de su necesaria adaptación a los tiempos, sigue siendo plenamente valido y útil para la Princesa. Sobre la base que antecede, Doña Leonor, llegado el momento, habrá de integrarse de forma plena en la sociedad española esforzándose paraque la sucesión, cuando se produzca, tenga lugar no sólo porque así lo disponga formalmente la Constitución, sino también porque exista un sentir mayoritario del pueblo español de su aceptación como Reina y una renovación de la confianza en la Monarquía. A la vista de la experiencia adquirida debería procurarse que, en aquel momento, concurriesen las siguientes circunstancias: En primer lugar, que la Princesa sea una persona querida y apreciada por los españoles, disfrutando de su afecto, cariño y simpatía; en segundo lugar, que exista respeto por Su persona y un reconocimiento de su aut en tercer lugar, que exista, igualmente, un reconocimiento de su capacidad para el ejercicio de las funciones constitucionales que ha de desempeñar y de dedicación al servicio de España; y finalmente , que se haga merecedora y cuente y disfrute con la confianza y la credibilidad de los españoles. Durante esos años será un tiempo de cercanía, de aprendizaje y sintonía con el Rey, de una relación frecuente con los Poderes del Estado y demás instituciones políticas. Especialmente, le recomendaría un contacto frecuente con las Reales Academias, que se proyectan sobre los principales ámbitos de la vida nacional y, me permitirán que tome la licencia de decirlo, cuentan con el conocimiento, la experiencia y la muy fundada opinión de quienes desempeñan un liderazgo intelectual indiscutible en la sociedad. Pueden serle, sin duda, de extraordinaria ayuda. De entre todas las actividades que podría desarrollar la Princesa, además de la representación nacional e internacional, mencionare la que considero esencial: trabajar por la unidad de España. Hoy se puede señalar, en ese sentido, que en la realidad diaria-sobre todo, a partir de finales de la década del año 2000, tras los sucesos en Cataluña- la afirmación de ¡viva el Rey! va inexcusablemente seguida y unida a la de ¡viva España!. Y es un llamamiento, una convocatoria que procede no de los despachos ni de los salones sino de las calles y de las plazas de las ciudades y de los p en definitiva, procede directamente de los ciudadanos que así expresan su opinión y sus sentimientos. Es, por tanto, la afirmación más sobresaliente con la que el pueblo español identifica hoy a la Corona: ser símbolo de la unidad de España. Trabajar por la unidad es recorrer España sin descanso, todas las Comunidades y Ciudades Autónomas, echar raíces profundas y visitar con frecuencia nuestras Comunidades históricas y también esforzarse para que ningún territorio ni Comunidad pueda sentirse sola, olvidada, abandonada o preterida por el Estado. La princesa, que será en su día símbolo de la Nación, debe ser la gran embajadora de la solidaridad y de la union entre los españoles. De la solidaridad y de la unidad material, pero también de la emocional y sentimental. Para concluir este discurso de ingreso voy a formular algunas muy breves consideraciones de «lege data» y de «lege ferenda»-y algunas recomendaciones- sobre algunos preceptos de nuestra Constitución que se refieren a la Princesa, comenzando por la Constitución en si misma considerada, bajo cuya vigencia- la de sus principios y fundamentos me gustaría que reinase Doña Leonor. Decía el profesor Muñoz Machado-con quien también he mantenido una estrecha y fructífera relación personal e institucional durante estos años- que la Constitución de 1978 es la novena de nuestra historia- si se cuenta la de Bayona de 1808- habiendo superado con brillantez todos los defectos e insuficiencias de nuestras Constituciones históricas. Pero, añadía el Académico de esta Institución y Director de la Real Academia de la Lengua, ninguna de las ocho anteriores fue reformada siguiendo los procedimientos previstos en su propio texto, sino que todas fueron sustituidas por la siguiente, en el marco de situaciones de excepción, levantamientos, algaradas o cambios políticos radicales. Palabras que a todos nos deberían hacer reflexionar. En nuestros días es un hecho generalmente aceptado la falta de respeto a nuestra Constitución. Nuestra Constitución se incumple, sin mas, en determinadas oca se inaplica en se interpreta alejada de sus principios fundaci o se instrumentaliza, en fin, con fines ajenos a su espíritu. Y es cada vez mas compartido que ese proceso de erosión, además de otras razones distintas y de relevancia, debería conducir a su reforma, si queremos preservar los principios fundacionales del orden constitucional vigente y que doña Leonor-y antes y todavía Don Felipe- reine sobre una Constitución que sea plenamente vigente. Una reforma que asegure su cumplimiento y que a las cuestiones apuntadas en el Dictamen del Consejo de Estado de 16 de Febrero de 2006-, se sume la de garantizar la efectividad de nuestro Estado de Derecho. Una reforma que fortalezca a nuestras instituciones -que es fortalecer al Estado-y garantice, en términos políticos y jurídicos, la imparcialidad, la independencia y el equilibrio de los Poderes en nuestra democracia parlamentaria y en la que el Parlamento sea en verdad el eje central de la vida nacional. Pretender hoy su reforma es una quimera. Un imposible. Se precisa, desde el necesario consenso constitucional, propósito, voluntad política, coraje y visión de Estado para llevar a cabo el proyecto de una España renovada que devuelva la confianza a los españoles y dé esperanza en el futuro a los jóvenes, como nos la dio a mi generación la Constitución de 1978. Pero no porque hoy no sea factible, se debe de guardar silencio sobre esta cuestión. Por lo demás, uno de los aspectos de esa reforma es la supresión de la preferencia del varón sobre la mujer en la sucesión a la Corona, lo que daría una mayor plenitud y autenticidad a nuestra Monarquía Parlamentaria. Una reforma que, en ningún caso, debe llevarse a efecto aisladamente sino en unión de las que he mencionado. Una reforma, en fin, cuya urgencia se señaló en 2004 y que hoy que está en el olvido hasta que el matrimonio de la Princesa ponga de nuevo en el debate político la cuestión relativa al orden sucesorio. En todo caso , si no se lleva a efecto esa reforma en un periodo razonable, vamos de nuevo a dejar la cuestión de la preferencia en la sucesión al azar, a la naturaleza o a la genética. Y ninguna de las soluciones es admisible. En tercer lugar, me referiré al matrimonio de la Heredera. En los términos del artículo 57.4 de la Constitución no se requiere que su matrimonio merezca la aprobación del Rey, pero sí que el Rey no se oponga expresamente porque, si se opone y a esa oposición se suma la de las Cortes Generales, la Heredera, al contraer ese matrimonio, quedaría excluida de la sucesión a la Corona. No es el matrimonio una cuestión que competa exclusivamente a la Princesa. No lo ha sido en nuestro derecho histórico ni lo es en términos comparados con otras Monarquías Parlamentarias. Naturalmente ,al margen del Derecho, a nadie se le oculta que la decisión sobre su matrimonio es probablemente la más importante que tendrá que tomar la Princesa para su futuro y para el futuro de la institución. No voy a extenderme en esta cuestión, más allá que la de constatar su felicidad personal y el equilibrio entre la vida familiar y la institucional será un gran activo para el ejercicio de sus responsabilidades . Finalmente -pues el tiempo ya no apremia sino que está agotado- no me gustaría terminar mis palabras sin dos recomendaciones. En primer lugar y con respecto a la Regencia, creo que sería muy conveniente el desarrollo del artículo 72.4 de la Constitución que podría clarificar ciertos aspectos de la sucesión temporal en la Jefatura del Estado, relativos a la intervención del Gobierno y también de la Casa de Su Majestad el Rey en el procedimiento a seguir. Se facilitaría así su aplicación, teniendo en cuenta que su regulación, formalista y rígida, en el supuesto de inhabilitación del rey por razones médicas, puede afectar a su viabilidad práctica. Y, sin embargo, es claro que si el Rey no está en condiciones de ejercer sus funciones, debe asumir la regencia la princesa heredera, pues no puede haber una jefatura del Estado vacante. Y en segundo lugar, considero que también sería muy recomendable la aprobación de la ley reguladora de las abdicaciones y de la renuncias prevista en el artículo 57.5 de la Constitución. Una ley genérica-como deben ser las leyes- que estableciese las bases y el procedimiento en el que las abdicaciones o renuncias a sus derechos de un miembro de la familia real pudiesen llevarse a efecto y ser objeto del correspondiente control. Un control, además del político del presidente del gobierno y del jefe de la oposición, que debería circunscribirse a la verificación de que la decisión ha sido tomada en pleno uso de facultades y con entera libertad. Hay que tener en cuenta que la fórmula utilizada con motivo de la abdicación de Don Juan Carlos,-sin duda, plenamente constitucional-, además de tener que seguir el procedimiento legislativo propio de las leyes- lo cual es difícil de entender- somete a la institución de facto, aunque no de iure a una discusión que desnaturaliza el hecho mismo de la abdicación y que lleva a una suerte de debate sobre la renovación, en términos políticos, de la confianza del Parlamento en la Monarquía Parlamentaria a través de la persona del futuro nuevo Rey. Y ello es un despropósito en términos constitucionales. Esa solución jurídica de una ley concreta y específica, de mantenerse, puede disuadir de las abdicaciones y renuncias aun existiendo razones que las aconsejen y justifiquen. Quisiera concluir mi discurso con dos reflexiones. La primera es que la formación de la Heredera, como he tenido la ocasión de exponer -en un resumen abreviado de mi discurso- y ustedes la gran paciencia de escuchar, no es una tarea fácil ni sencilla, sino compleja y difícil que, en ocasiones, puede abrumar, incluso agobiar, bajo el enorme peso de la responsabilidad. Y no lo es, primero, para ella misma. Pero tampoco para quienes tienen encomendada su educación y formación. En todo caso, es esencial para el funcionamiento de nuestro Estado y condición necesaria y garantía de un gran reinado. Una educación integral, en la que la familiar y la dinástica convivan con la académica y se complementen con la preparación para el oficio de reinar y en la que la llamada a ser Reina debe formarse como Heredera pero también como persona. Una vida con el mayor honor por asumir la mas alta representación de España; pero una vida también de sacrificios y renuncias. Y la segunda es que los primeros pasos dados por Doña Leonor nos invitan a la esperanza. La Princesa tiene una extraordinaria acogida y aceptación en sus apariciones públicas, en el ejercicio de sus primeras responsabilidades. Que su educación esté encauzada y bien orientada es fundamental para la Corona y para España, su estabilidad y continuidad. Y es de justicia agradecer la excelente, la gran labor llevada a cabo en ese sentido por Sus Majestades los Reyes. Las palabras que pronunció el día de su juramento a la Constitución ,con motivo de su mayoría de edad, expresan su compromiso. Dijo entonces Doña Leonor: «Me he comprometido solemne, formal y públicamente con nuestros principios democráticos y con nuestros valores constitucionales, que asumo plenamente. Y he contraído una gran responsabilidad con España ante las Cortes Generales, que espero corresponder con la mayor dignidad y con el mejor ejemplo……..Me debo desde hoy a todos los españoles, a quienes serviré en todo momento con respeto y lealtad. No hay mayor orgullo. En este día tan importante –que voy a recordar siempre con emoción– les pido que confíen en mí, como yo tengo puesta toda mi confianza en nuestro futuro, en el futuro de España.» De esa manera, Doña Leonor sigue el camino trazado por su padre, nuestro Rey, y ello nos ofrece una gran confianza y seguridad a quienes creemos en España como Nación y en la Monarquía Parlamentaria como forma política del Estado. Muchas gracias.
Thursday 30 October 2025
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