Thursday 30 October 2025
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eldiario - 3 days ago

El Gobierno aprobará definitivamente este martes la reforma que da la investigación a los fiscales y limita la acción popular

El Consejo de Ministros dará luz verde y remitirá a las Cortes la nueva la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que también propone que el mandato del fiscal general no coincida con el del Ejecutivo La jurisdicción de menores donde ya instruyen los fiscales: un modelo “garantista” que anticipa el futuro de la Justicia El Gobierno sigue adelante con su agenda legislativa en materia de Justicia. Y lo hace con la reforma de la decimon nica Ley de Enjuiciamiento Criminal (Lecrim) que, como principal novedad, incluye la creaci n de la figura del fiscal investigador. El Consejo de Ministros aprobar el pr ximo martes de forma definitiva el proyecto de ley que establece que la direcci n de la investigaci n de las causas penales pasar de los jueces a los fiscales, que decidir n los pasos a dar para esclarecer qui n ha cometido un delito, informan fuentes del Gobierno a elDiario.es. El texto, que ser enviado a las Cortes para su tramitaci n, incluye una reforma del Estatuto Org nico del Ministerio Fiscal. Esa reforma establece que el mandato del fiscal general del Estado ser de cinco a os y ya no coincidir con el del Gobierno. Tambi n atribuye en exclusiva al m ximo representante del Ministerio P blico la potestad para nombrar, ascender o sancionar a fiscales. Y limita la acusaci n popular al vetar a los partidos pol ticos, restringirla a determinados delitos s est n incluidos los de corrupci n y exigir un v nculo leg timo con la causa en cuesti n para poder ejercerla. Con el nuevo modelo, los representantes del Ministerio P blico impulsar n las investigaciones y, durante la fase de investigaci n, los jueces se limitar n a velar por que se cumplan los derechos de todas las partes. La prisi n provisional, las escuchas o los registros domiciliarios requerir n su autorizaci n. Finalizada esta fase, un segundo juez llamado juez de audiencia preliminar ser responsable de decidir si se abre juicio oral. Si es as , un tercer juez juzgar los hechos. Se trata de una ley muy extensa: cuenta con 1.023 folios distribuidos en nueve libros. Y en la que han trabajado medio centenar de personas, principalmente jueces, fiscales y catedr ticos. La voluntad del Gobierno es tramitar ahora esta reforma, pero, si finalmente es aprobada en el Congreso de los Diputados, no entrar en vigor hasta el 1 de enero de 2028. No afectar , por tanto, a ninguno de los procedimientos que est n en marcha, como la causa contra Jos Luis A balos y Santos Cerd n o la investigaci n a Bego a G mez, esposa del presidente del Gobierno, donde est n personadas varias acusaciones populares de extrema derecha. Tampoco afectar al actual fiscal general del Estado, A lvaro Garc a Ortiz, que ser juzgado pr ximamente por el Tribunal Supremo, dado que su segundo y ltimo mandato finaliza en 2027. El posible cambio de papeles sobre qui n dirige la investigaci n en las causas penales lleva abord ndose casi tres lustros por gobiernos socialistas y conservadores. Tres de los predecesores en el cargo del actual ministro Francisco Caama o (PSOE), Alberto Ruiz-Gallard n (PP) y Juan Carlos Campo (PSOE) esbozaron propuestas similares, pero quedaron en un caj n. Est por ver si este proyecto es el definitivo. De hecho, este texto se basa en las propuestas elaboradas durante 15 a os y cuenta con dict menes favorables del Consejo General del Poder Judicial y del Consejo de Estado. El Consejo Fiscal emiti un dictamen cr tico. Que los fiscales asuman la instrucci n es una reivindicaci n hist rica de muchos juristas que consideran que es una reforma que equiparar a Espa a a otros pa ses europeos, lo que evitar , por ejemplo, las disfunciones que se producen ahora en materia de cooperaci n jur dica internacional. Este es el modelo que impera en todos los pa ses del entorno europeo salvo Francia y Austria. Sus defensores mantienen que es el m s apropiado para conseguir una justicia efectiva, pues sostienen que son los fiscales los que realmente saben qu pruebas se necesitan para sostener la acusaci n en el juicio o, en su caso, pedir el archivo de los procedimientos. Y que el papel de los jueces debe limitarse al enjuiciamiento y a ejercer de jueces de garant as cuando los fiscales necesiten su autorizaci n en caso de diligencias que supongan la invasi n de derechos fundamentales. Recomendaciones del GRECO Los m s cr ticos con la reforma arguyen, sin embargo, el riesgo de que el Gobierno instrumentalice a los fiscales y les diga a qui n tienen o no que investigar y de que se politice la instrucci n de los procedimientos. Para ello, esta nueva ley va acompa ada de una reforma del Estatuto Org nico del Ministerio Fiscal que, entre otras medidas, propone que el mandato del fiscal general no coincida con el del Gobierno. Tambi n proh be expresamente que el Ejecutivo central o los de las comunidades aut nomas le soliciten promover cualquier tipo de actuaci n en procedimientos concretos. Y elimina la posibilidad de que el fiscal general pueda ser llamado a comparecer en el Consejo de Ministros o establece que sus comunicaciones con el Gobierno sean p blicas y por escrito. El Grupo de Estados contra la Corrupci n del Consejo de Europa (GRECO) viene solicitando a Espa a en recientes informes mayores garant as en relaci n con el refuerzo de la independencia, la transparencia y la autonom a del Ministerio Fiscal. Una de esas recomendaciones es que el mandato del fiscal general del Estado no coincida con el del Gobierno, que es el encargado de su elecci n. El nuevo Estatuto aumenta de cuatro a cinco a os el mandato del fiscal general, que seguir siendo no renovable salvo en caso de que haya ostentado el cargo durante menos de un a o (ahora es durante dos). Adem s, si el fiscal general cesa antes de que se cumpla su mandato, el nuevo tendr un mandato que no exceder del tiempo que quedase al cesado para agotar esos cinco a os. El proyecto de ley tambi n incluye novedades en el r gimen de cese. As , establece que la destituci n por incumplimiento grave o reiterado de sus funciones solo podr aplicarse previo informe del CGPJ con el fin de que esta causa no ampare ceses discrecionales que anulen los efectos de la reforma , explican fuentes del Ejecutivo.


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