Friday 31 October 2025
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abc - 2 days ago

Un abogado laboralista aclara a los trabajadores en España si hay que recuperar el tiempo de descanso de la jornada: «Si tu convenio...»

Durante la jornada laboral los jefes o los encargados de distintos equipos suelen pedir a la plantilla la realización de ciertas tareas o la consecución de algunos objetivos. No obstante, los trabajadores también tienen que disfrutar de algunos derechos que, además, aparecen en el Estatuto de los Trabajadores con independencia del convenio, aunque luego este pueda adaptar esos preceptos. Sin embargo, la cuestión de los descansos puede generar confusión algunos trabajadores ya que, entre otras cuestiones se preguntan si, por ejemplo, es necesario recuperar el tiempo de descanso. Es por ello que el abogado laboralista Juanma Lorente ha explicado en un vídeo cuándo, y de cuánto tiempo, se deben disfrutar. El letrado enumera una lista de descansos «innegociables». Señala que «cómo mínimo» hay 15 minutos de descanso si la jornada «es de más de seis horas continuada». En este sentido, recuerda que si la jornada es partida «de cuatro horas y cuatro horas» no hay derecho a descanso. «Si tu jornada es continuada y llegas a las seis horas, tienes derecho a este descanso. Serán 15 minutos. Según tu convenio colectivo este descanso tendrás que recuperarlo al acabar la jornada o no », destaca. Asimismo, recuerda que entre jornada y jornada deben pasar 12 horas de descanso : «Eso de salir a las 12 de la noche y abrir a las 9 de la mañana del día siguiente está totalmente prohibido». Por ello, anima a los trabajadores a reclamar en caso de que estén viviendo situaciones similares donde no se respetan estos horarios. Lorente recuerda además que «existe un descanso semanal» que será de, mínimo 36 horas: «Un día y medio» . Ese descanso semanal también se puede acumular: «Puedes trabajar dos semanas y después descansar el doble, tres». Entre todo, destaca que cada trabajador tiene 30 días de vacaciones o 22 si se cuentan en días hábiles: «Al final es lo mismo».


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