Thursday 30 October 2025
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eldiario - 1 days ago

El Congreso obligará a los diputados a entregar los regalos institucionales superiores a 150 euros

La Cámara Baja aprueba un protocolo que le permitirá inventariar y custodiar los regalos de cierto valor que los parlamentarios reciban en ejercicio de sus funciones durante recepciones o visitas internacionalesEl Congreso obliga a los grupos a hacer un registro de todas las visitas tras el caso Mediador Los diputados y diputadas no podr n quedarse con los regalos que reciban en calidad de parlamentarios y que superen los 150 euros. Es la nueva norma que ha aprobado este martes la Mesa del Congreso y que obliga a todos los representantes a entregar a la C mara Baja este tipo de obsequios para que sean inventariados y custodiados, algo que ya ocurr a con la Presidencia y que ahora se extiende al conjunto del hemiciclo. La Mesa ha aprobado en su reuni n de este martes un protocolo para regular los regalos de los parlamentarios, en l nea con el mandato del ltimo Plan de Parlamento Abierto, en vigor desde hace unos meses. La idea es establecer pautas claras y homog neas para la gesti n, trazabilidad y publicidad de los obsequios recibidos en actos oficiales por integrantes de la C mara y por personal que act e en su presentaci n , dice el texto al que ha tenido acceso este diario. El protocolo tiene rango de gu a pr ctica de actuaci n y no es de car cter normativo. Seg n los criterios que entrar n en vigor a partir de ahora, ning n diputado puede recibir obsequios que sean susceptibles de interpretarse como una forma de influir en las decisiones o en los votos, ya sea ofrecido directamente a la persona parlamentaria o a su entorno cercano . En caso de dudas, establece la gu a, los regalos se entregar n o recibir n el tratamiento de institucionales. La gu a sit a el umbral econ mico en los 150 euros para diferenciar entre la cortes a admisible y el regalo que no puede retenerse a t tulo personal . Por debajo de 150 euros, el obsequio puede aceptarse si no existe conflicto de inter s ni procede de donante inad por encima, no puede ser disfrutado privadamente. Si por protocolo no es viable rehusarlo en el momento, se aceptar en nombre de la instituci n y se entregar a la Secretar a General para su tramitaci n , establece la nueva gu a. El Congreso entiende como obsequio cualquier objeto tangible, servicio, invitaci n, viaje, alojamiento, entrada o ventaja no remunerada ofrecida a una persona en su condici n de parlamentaria o de representante institucional . Pueden ser obsequios las atenciones protocolarias o los recuerdos intercambiados en visitas oficiales pero se excluyen las compensaciones previstas para estos traslados, como dietas, indemnizaciones oficiales y los materiales trasladados por la propia instituci n . Tambi n incluye algunas excepciones, como los obsequios personales de familiares o amistades por motivos ajenos a la actividad parlamentaria, as como atenciones sociales de uso com n y escaso valor (por ejemplo, merchandising generalizado) . Aun as , si la entrega se vincula de hecho a la condici n parlamentaria, prevalece la regla general de prohibici n , dice el nuevo protocolo. Publicidad en el Portal de Transparencia El Congreso pondr a disposici n de los diputados una breve gu a con los pasos orientativos. Despu s de evaluar la cuant a estimada del regalo, deber n notificar por correo la recepci n del regalo al rgano correspondiente, con una descripci n, la fecha y lugar de entrega, la identidad del donante y el contexto, si es un viaje oficial, la visita de una delegaci n, una conferencia, etc. Si el regalo supera el importe, los parlamentarios tienen 30 d as para entregar el regalo. Si ha sido en un viaje, los d as empezar n a contar en la semana posterior al regreso. Una vez recibidos, el Congreso har un inventario, con un n mero de registro y los datos principales. El bien pasa a ser del Congreso y se publica en el Portal de Transparencia , dice el texto. Los bienes podr n exhibirse, conservarse en el almac n/museo o si procede en la Biblioteca del Congreso. Si procede, el diputado o diputada deber reflejar los obsequios en su declaraci n de intereses. El Congreso publicar de forma proactiva la informaci n sobre estos obsequios en el Portal de Transparencia, como ya ocurre con los recibidos por Presidencia. La actualizaci n ser peri dica -preferentemente trimestral-, dejando constancia de los periodos sin novedades , establece la nueva gu a.


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