Sunday 12 October 2025
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abc - 2 days ago

El TSJ ratifica la prohibición de construir dos plantas fotovoltaicas en Renedo de Esgueva (Valladolid)

El Tribunal Superior de Justicia desestimó el recurso de apelación que interpuso la empresa Inver Generación (del grupo Ríos Renovables) contra la denegación de la autorización para construir dos plantas fotovoltaicas en Renedo de Esgueva y confirmó así la sentencia del Juzgado que declaró conforme a derecho la negativa del Ayuntamiento a autorizar dichas plantas. De esta manera da la razón a los habitantes de este municipio vallisoletano que se opusieron a la instalación de las plantas fotovoltaicas «Hornillos I» y «Hornillos II», promoviendo una iniciativa popular para que el Ayuntamiento en pleno declarara que no eran de interés público. La resolución declara que las plantas fotovoltaicas promovidas por Ríos Renovables no respetaban ni el planeamiento, ni las determinaciones de ordenación territorial, ya que superaban la ocupación máxima permitida en suelo rústico, no respetaban la distancia mínima al casco urbano y atentaban la lógica de la ordenación del territorio, ya que generarían un efecto barrera entre el casco urbano y las zonas de expansión residencial previstas en el planeamiento urbano. Además, destaca que la ordenación territorial supramunicipal prohíbe expresamente «instalaciones industriales de entidad, como es el caso de los parques fotovoltaicos proyectados, por su impacto visual, su efecto fragmentador del territorio y su potencial para alterar los valores ambientales, culturales y perceptivos del entorno al núcleo urbano». Respecto al interés público alegado por la promotora, el tribunal argumenta que «la afectación negativa al territorio, al paisaje, al desarrollo urbano y al equilibrio ambiental del entorno hace que la implantación del parque fotovoltaico se sitúe en franca contradicción con el interés general real, que no puede identificarse exclusivamente con la finalidad empresarial de la promotora». La Asociación Defensa Valle Esgueva felicitó a todas las vecinos de Renedo que con sus firmas, alegaciones y apoyo económico hicieron posible esta resolución, y a la Justicia por poner en valor la participación ciudadana. «Esta sentencia debería estudiarse como ejemplo en las facultades de Derecho, en el Servicio de Industria, y en la Consejería de Medio Ambiente y Urbanismo de la Junta de Castilla y León», dijo. El TSJ impuso las costas de juicio a la empresa fotovoltaica.


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